El abogado Pablo Llonto, querellante en la causa Noble Herrera, advirtió hoy que la limitación en las fechas para la comparación de muestras de ADN, para determinar si Marcela Noble Herrera es hija de desaparecidos, "excluye" a la familia Lanouscou-Miranda que él representa.
"La limitación que han puesto es mucho más de lo que en un momento de la causa pedía Ernestina Herrera de Noble, porque ella planteaba que se compare con las dos familias querellantes, y a la familia Lanouscou la excluye", explicó LLonto en diálogo con "La Mañana de Télam" que se emite por radio Cooperativa.
La beba de seis meses Matilde Lanouscou, fue secuestrada luego de un operativo en el que asesinaron a sus padres y hermanos y la familia biológica sospecha que podría tratarse de Marcela Noble Herrera.
El 3 de septiembre de 1976 el Ejército atacó la casa de la familia Lanouscou Miranda y asesinó al matrimonio de Roberto Lanouscou y Bárbara Miranda y a sus hijos, Roberto de cinco años, Bárbara de cuatro y Matilde de seis meses de edad.
A pedido de la familia y de Abuelas de Plaza de Mayo se exhumaron los restos de los Lanouscou para dar por tierra con la noticia que decía que ese día se había abatido a cinco subversivos.
Se exhumaron todos los féretros pero en el cajoncito de Matilde no hubo restos, sino sólo una botita y algunas ropas más y según los peritos no se observaba en la ropa restos de una persona.
Respecto de las fechas límites para la comparación de muestras, Llonto precisó que la niña "Matilde fue secuestrada el 3 de septiembre del `76 y en el caso de Marcela la fecha (limite de comparación) es 13 de mayo del `76".
Si bien ayer la Cámara Nacional de Casación Penal avaló la extracción sin consentimiento de muestras biológicas a los hijos adoptivos de la directora de Clarín, Ernestina Herrera de Noble, puso un límite temporal en la comparación con las que se encuentran en el Banco Nacional de Datos Genéticos.
En el fallo se resolvió limitar "la comparación de los perfiles de ADN de Marcela a los perfiles de ADN de las muestras aportadas al archivo por parientes de personas desaparecidas hasta el 13 de mayo de 1976".
Y en el caso de Felipe, "limitando la comparación de perfiles de ADN a las muestras aportadas de ese archivo por parientes reclamantes de personas detenidas desaparecidas hasta el 7 de julio de 1976".
Para Llonto, "la segunda parte del fallo arruina la primera que es muy fuerte" y sostuvo que "el límite es muy corto y caprichoso, tomado de un expediente de adopción inválido".
Según Llonto, los jueces "le tienen pánico al grupo Clarín" y agregó que "no entendemos por qué nadie le pone límite al Grupo". (Télam)
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