viernes, 30 de agosto de 2013

CURAS EN LA OPCION POR LOS POBRES: MENSAJE FINAL DEL 26º ENCUENTRO

Florencio Varela, Buenos Aires, Argentina. 
29 de agosto de 2013


30 años caminando en democracia

El grupo nacional de curas en Opción por los Pobres nos hemos reunido en estos días en nuestro 26º encuentro anual, sintiéndonos y queriendo ser “una iglesia pobre y para los pobres”. Y como Iglesia de los pobres sabemos que la pobreza es un pecado, pero no es un pecado ser pobres; pecado es generar pobreza, pecado son las estructuras que generan desigualdad y la naturalizan. Pecado es despreciar a los pobres.

Como miembros de la Iglesia hemos hecho nuestra la opción por los pobres y su causa, que es la causa de Jesús, y desde los pobres quisiéramos compartirle a toda la sociedad algunos aspectos que nos preocupan y otros que nos alegran:

1. Celebramos 30 años de democracia ininterrumpida, con aciertos y errores, con pasos adelante y retrocesos. Y en este sentido, nos
manifestamos en contra de toda actitud destituyente, o que parezca encaminada a interrumpir el orden institucional que tanta sangre y dolor nos costó a todos recuperar. Los cambios que puedan ser necesarios deben discutirse y aplicarse en el marco del sistema democrático. 

2. Lamentamos las actitudes y palabras apocalípticas que entienden todo en clave de bien o mal, blanco o negro. Rechazamos la intolerancia y las faltas de respeto hacia las personas e instituciones legítimas de la República. Los disensos, conflictos, opiniones y proyectos deben formar parte de nuestra práctica de pluralismo, respeto mutuo y convivencia.

3. Nos parece que en nuestro país se han dado importantes pasos en muchos aspectos y veríamos con dolor –y nos preocupan las propuestas- que se pretenda volver a los años donde el neoliberalismo destrozó el país, el trabajo y la dignidad de las personas.

4. Vemos con preocupación la cantidad importante de personas que no tienen acceso al trabajo digno, estable y reconocido, porque se encuentran en la red del trabajo informal; vemos con preocupación la situación de injusticia, violencia y discriminación a la que son sometidos nuestros hermanos indígenas y campesinos, y la ocupación violenta o venta ilegítima de sus tierras de las que son expulsados por el poder económico, el agronegocio, la megaminería y sus cómplices del poder judicial y político.

5. Los bienes para la vida (la tierra, el agua, el Medio Ambiente…) no son de unos pocos, Dios los creó para beneficio común de toda la humanidad como lo recuerdan los grandes santos de la iglesia y los últimos papas. Por eso la propiedad privada no es un derecho absoluto: tiene límites, sobre ella pesa una hipoteca social (San Ambrosio)

6. La información del pueblo es un derecho, y por eso lamentamos la concentración de medios de comunicación en manos de unos pocos que ciertamente manipulan conciencias, mentes y prioridades, y deseamos fervientemente que la Ley de Medios, cuya plena constitucionalidad esperamos que se reafirme de una vez, permita que sean muchas más las voces que se escuchen.

7. Lamentamos las voces del exterior y de nuestro propio país que se escuchan casi celebrando todo aquello que nos perjudica. Son moralmente inaceptables los fallos en favor de los llamados “Fondos Buitre” que especulan con la deuda que pesa sobre el destino de nuestra población -de los pobres en particular- y no respetan nuestra soberanía, por Cortes que se arrogan un poder imperial. También es inaceptable un sistema de justicia que parece constituir al Poder Judicial en una corporación en complicidad con los poderosos. Eso impide que la justicia sea un derecho y un beneficio para todos y especialmente para los pobres y débiles, sin que eso signifique negar la legítima independencia de los Poderes.

Somos miembros de la Iglesia que quiere jugar su suerte con los pobres de la tierra, y hacemos nuestras las opciones que –aun con nuestras limitaciones- creemos que más los benefician para que haya justicia, solidaridad y paz para todas y todos.

Queremos decirle a todas y todos los que habitan en nuestra patria que los hemos sentido cerca de nosotros y nos hemos sentido cerca de ustedes, que queremos hacer nuestras las palabras del obispo mártir de El Salvador, Oscar Arnulfo Romero “con un pueblo como éste es fácil ser buen pastor” y queremos reiterarles nuestra firme convicción de caminar juntos por los caminos de liberación y justicia, de misericordia y de paz, y seguir dando pasos adelante. Mirando atrás para no repetir errores que tanto dolor nos
causaron, mirando adelante “con un oído en el Evangelio y otro en el corazón del pueblo”, en la búsqueda de una patria grande donde quepan todos y nadie se quede afuera.


jueves, 29 de agosto de 2013

Ezeiza: Muerte de un preso pese a la protección

29/08/2013

Por Horacio Cecchi

Un detenido que había sido trasladado de la cárcel federal U7 del Chaco a la de Ezeiza a fines de junio, para ser protegido porque junto a su hermano había denunciado torturas y había sido violado, apareció la noche del martes ahorcado en la unidad penal 1 de Ezeiza. Todas las evidencias indican que su muerte fue producto de la ausencia total de protección a un preso supuestamente protegido. Separado de su hermano mayor y rechazada la orden del juez de Ejecución de que fuera alojado en la Unidad psiquiátrica 20, porque según el SPF no había “criterio para que fuera internado”, Matías Cejas terminó castigado en celdas de aislamiento donde anunció que se iba a matar. “No amenaces y hacé lo que tengas que hacer”, le espetó, padrazo, el jefe del sector, de apellido Sosa. Y Cejas hizo. Ayer, a la madrugada, después de que se fueron los peritos, a los que el resto de los aislados reclamó porque llevaban una temporada encerrados, la requisa recordó a palazos que para reclamar hay que seguir los protocolos.

El 12 de junio pasado, la Procuración contra la Violencia Institucional recibió un llamado de la investigadora Alcira Daroqui, informando sobre dos hermanos presos en la Unidad 7 de Resistencia, Chaco, que denunciaban haber sido torturados. Demostrando que el sistema sirve para actuar de urgencia porque permite establecer una red con terminales inmediatas en cada jurisdicción, la Procuvin se comunicó con el fiscal general chaqueño, Carlos Amad, quien envió a su secretario de DD.HH., Diego Vigay, a tomar declaración a los denunciantes, los hermanos Cejas. Los dos estaban muy asustados y muy golpeados. Habían recibido golpes de puño, patadas y bastonazos, y en el caso de Matías había sido violado con una zanahoria. Los abusos fueron comprobados por un médico de la Procuración Penitenciaria Nacional en ese mismo momento. Ambos pidieron el traslado al Complejo Penitenciario de Ezeiza para distanciarse por protección y por acercamiento familiar.

Los dos estaban a disposición del juez de Ejecución Axel López, a quien la Procuvin informó sobre el estado de situación y la necesidad de urgente traslado. Al día siguiente los dos ya habían sido trasladados, el mayor al penal de Formosa y Matías a la unidad chaqueña de Roque Sáenz Peña, una manera penitenciaria de cumplir el pedido de no separarlos.

Después de varios pedidos al SPF y anoticiando al juez de Ejecución, a la Defensoría y la Procuración Penitenciaria, finalmente el sábado 22 de junio los trasladan primero a Marcos Paz y luego al CPF 1 de Ezeiza. Allí estuvieron alojados juntos durante aproximadamente 15 días en el sector de Ingresos. Después, pese a los pedidos de Matías por mantenerlo junto a su hermano, lo trasladaron al Módulo III, mientras que a Fabián lo mandaron al IV.

Al llegar al Módulo III lo encerraron en la llamada “leonera”, una jaula sucia, maloliente, de 3 por 3, que carece de baños y donde los presos orinan en botellas de plástico y defecan en bolsas de nylon. Durante 15 días, Matías fue protegido por el SPF de esa manera particular.

Después fue trasladado al pabellón J del mismo módulo. A los reclamos de reunirlo con su hermano, el SPF respondió que “no se los puede juntar porque se arma lío en el pabellón”. Con el mismo criterio, cuando el juez Axel López ordenó que fuera internado en la Unidad Psiquiátrica 20, en Ezeiza, para favorecer su tratamiento, ya que se encontraba deprimido y muy descompensado, desde el CPF 1 le respondieron que no había “criterio para su internación psiquiátrica”.

Como sea, los cuidados dispensados a un interno trasladado desde un extremo del país para su protección consistieron en mantenerlo en el pabellón J, alejado de su hermano, hasta que sus reclamos derivaron el lunes pasado en el tratamiento de conductas: su encierro en las celdas de castigo. Aislado en celdas individuales junto a otros 5 internos, Matías pasó sus horas reclamando y amenazando con que se suicidaría, según relató a este diario Roberto Cipriano García, de la Procuvin.

“No amenaces, cortate o hacé lo que quieras pero no rompas más las bolas”, le dijo un jefe de apellido Sosa. Cejas no estaba dispuesto a colgarse, “me voy a poner la corbata así me dan bola y me llevan con mi hermano, voy a amagar para que me den bola”, les llegó a decir a los otros castigados. El martes, alrededor de las 19.30, apenas pasado el recuento, y minutos después de haber hablado con sus compañeros, Cejas se colgó. El resto se dio cuenta porque el guardia vio la celda y en lugar de entrar y descolgarlo salió corriendo a pedir ayuda. Volvieron a los 15 minutos. Si hubiera cortado la tela enseguida, Cejas estaría vivo.

Esa noche llegaron los peritos a tomar pruebas. Durante el rato que estuvieron, los cinco castigados reclamaron ser escuchados porque algunos llevaban incluso un mes de encierro prolongado. Cuando los peritos se retiraron, alrededor de la 1.30 de ayer, entraron los de la requisa a escucharlos a su manera. Los apalearon. Pese a todo, uno de ellos ayer por la tarde se cortajeó una muñeca y un brazo. Le dieron diez puntos en cada corte. Para que lo requisen hay tiempo.





Fuente: Pagina12

lunes, 19 de agosto de 2013

A diez años de la derogacion de las leyes de impunidad: "Estábamos desafiando algo muy grande"



19/08/2013
Miembro de la LADH y ex detenido político, fue uno de los redactores del proyecto de nulidad. Carlos Zamorano es miembro desde 1960 de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y ex preso político durante la última dictadura cívico-militar. Como asesor del bloque de Izquierda Unida, redactó el proyecto de ley que el 21 de agosto de 2003 declaró la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

Por Gerardo Aranguren

Carlos Zamorano es miembro desde 1960 de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre y ex preso político durante la última dictadura cívico-militar. Como asesor del bloque de Izquierda Unida, redactó el proyecto de ley que el 21 de agosto de 2003 declaró la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

"Fue algo tan rotundamente fructuoso que de inmediato se reabrieron las causas", analizó el abogado en diálogo con Tiempo Argentino, en una entrevista donde contó los detalles de la redacción y sanción de la ley.

–¿Qué recuerda del momento en que fue convocado para la redacción del proyecto de ley?

–Apenas es electa diputada Patricia Walsh, me encomendó que hiciera el proyecto para anular las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Eran los primeros meses de 2002. Entonces ella ya empezaba a batallar con ese proyecto.

–¿Cuáles eran los argumentos centrales para la nulidad?

–Eran que se vulneraban principios constitucionales que fueron incorporados en la reforma de 1994 que eran los tratados internacionales de Derechos Humanos donde se decía que los crímenes de lesa humanidad no son amnistiables, indultables, conmutables (rebaja), asilables y tampoco prescriptibles. Mucho menos la obediencia jerárquica, en el sentido en que el Estado estaba obligado a juzgarlos puesto que al tratarse a hechos atroces o aberrantes no podía involucrarse la creencia de que se cumplía un acto del servicio. Porque pueden reconocer cuando un superior da una orden que corresponde a un hecho manifiestamente ilícito, crímenes atroces.

–Uno de los argumentos que se esgrimieron para rechazar el proyecto fue que el Congreso nacional no podía declarar nula una ley, porque eso sería una atribución sólo de la justicia.

–Estábamos desafiando algo muy grande porque plantear la nulidad de una ley desde el Congreso era apenas la segunda vez que se hacía. La primera vez había sido en cuanto subió Alfonsín en 1984, cuando el Congreso declaró la nulidad de la ley de amnistía de Reynaldo Bignone. Pero una cosa era hacerlo con un decreto de la dictadura y otra cosa era hacerlo con leyes dictadas con apariencia de regularidad. Mucha gente consideraba que no era el Congreso el que debía tratarlo. Pero nosotros teníamos que librar esa batalla. El Poder Judicial demoraba en eso la declaración de nulidad y nosotros pretendíamos una reivindicación nacional. Además, esas dos leyes habían sido derogadas (en 1998). Era plantear la nulidad de leyes derogadas, que en sí no estaban concebidas para tener efectos en la actualidad sino al pasado.

–¿Qué importancia tuvo el contexto político y la llegada del kirchnerismo al gobierno nacional?

–Los méritos del gobierno fueron muy altos, no puedo silenciar ese aspecto. ¿Que habríamos hecho si el gobierno hubiera tenido otra actitud? Siete días después de la asunción de Kirchner los organismos de Derechos Humanos tuvimos una reunión con él donde le pedimos que mandara un proyecto análogo al que estaba en el Congreso porque inspiraría el apoyo. Al principio consideró que eso era materia de la Corte y que estaba muy cerca para que se pronunciara. Enseguida, Patricia Walsh le entregó en mano el proyecto, rogándole que lo estudiara y que lo apoyara. En el Congreso, Walsh promovió varias veces sesiones especiales parta tratar el proyecto pero iban 50 diputados (no alcanzaba para tener quórum). Antes del 12 de agosto, los organismo le pidieron una audiencia al presidente de la Cámara (Eduardo) Camaño, un hombre de vigor político y cierto temperamento asustadizo. Le dijeron que al día siguiente iban a llegar 20 mil personas y no estaban en condiciones de controlarlos. No era chiste, había 20 mil personas con la multisectorial Memoria, Verdad y Justicia. Aquella vez, efectivamente se produjo la sesión y se adoptó un proyecto que era casi idéntico al de Patricia Walsh pero sin los indultos.

–A diez años de la nulidad de esas leyes, ¿qué importancia le da a la declaración?

–Fue algo tan rotundamente fructuoso que de inmediato se reabrieron las causas y la Corte todavía no se había pronunciado. Fue un gesto político muy fuerte y producto de una lucha popular generalizada. Todo el mundo progresista vio como un triunfo esa norma, porque toda la sociedad la clamó. Había una movilización muy considerable.

Fuente: Tiempo Argentino

A diez años de la anulación de la Obediencia Debida y el Punto Final


19/08/2013

Tras casi 17 años, el reclamo inclaudicable de los organismos de DD HH tuvo eco. El Congreso, con el impulso político de Néstor Kirchner, declaró "insanablemente nulas" ambas leyes. Posturas a favor y en contra en esas jornadas históricas. 

Por Gerardo Aranguren

Este miércoles se cumplirán diez años desde la declaración de nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en el Congreso Nacional, un hito fundamental para la reapertura de los juicios por los crímenes cometidos durante la última dictadura cívico-militar. La Ley 25.779, aprobada el 21 de agosto de 2003 y reglamentada el 2 de septiembre, significó una fuerte señal política para que la justicia comenzara a reabrir esas causas que permanecían clausuradas hasta entonces. 

En esas jornadas históricas, el Poder Legislativo consideró "insanablemente nulas" las leyes 23.492 y 23.521, que frenaron las incipientes investigaciones en la vuelta de la democracia. El momento para que eso sucediera fue fundamental: luego de 20 años de democracia se habían creado las condiciones sociales, políticas y jurídicas para empezar a dar vuelta a la impunidad reinante.

El 6 de marzo de 2001 un juez declaró por primera vez la inconstitucionalidad de ambas leyes. A fines de ese año, Patricia Walsh asumió su banca y comenzó con la redacción del proyecto de ley que casi dos años después sería aprobado en el Congreso. 

Desde febrero de 2002, Walsh, diputada de Nueva Izquierda e hija del escritor y militante desaparecido Rodolfo Walsh, insistió con darle tratamiento a ese proyecto pero nunca había obtenido el quórum necesario. Un proyecto similar, de los diputados del Frepaso Juan Pablo Cafiero y Alfredo Bravo, ya había fracasado en 1998 y sólo habían conseguido la derogación de las normas aunque sin ningún efecto jurídico. 

"Luchamos siempre para que esas leyes fueran declaradas inconstitucionales. El único presidente que nos escuchó fue Néstor Kirchner, quien, si bien no podía tener injerencia sobre otro poder, mandaba sus mensajes sobre la vergüenza que era la vigencia de esas leyes para un pueblo", señaló la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto. 

El mandato de Kirchner a los legisladores oficialistas sería central para lograr el apoyo de las mayorías peronistas a la iniciativa de Walsh. También acompañaron el proyecto un sector minoritario del radicalismo –el grueso de esa bancada se abstuvo– y el ARI –por entonces, progresista– de Elisa Carrió. A pesar del apoyo, el texto original no llegó intacto y debió excluir del proyecto la nulidad de los indultos para lograr el quórum necesario. 

"Más que una importancia jurídica, la anulación de las leyes fue una señal de los otros poderes: el Ejecutivo, que promovió la ley, y el Legislativo, hacia la justicia", analizó Pablo Parenti, coordinador de la unidad fiscal para investigar casos de apropiación de niños de desaparecidos y uno de los redactores de la primera declaración de nulidad promovida por el juez Gabriel Cavallo en 2001. "La ley ayudó a que el Poder Judicial se tomara en serio el proceso de reapertura de los juicios y reaccionara. Sin la ley, creo que la historia judicial de la reapertura hubiese sido más difícil", opinó. Y recordó que, recién después de la nulidad del Congreso, la Cámara Federal porteña reabrió las causas ESMA y Primer Cuerpo del Ejército. 

EL PROYECTO. "Los 20 años que transcurrieron desde el advenimiento de la democracia es un tiempo más que razonable para demostrar que una convivencia humana y pacífica exige y reclama el debido juzgamiento de todos aquellos que de una u otra forma violentaron los derechos fundamentales de argentinos y extranjeros que vivieron en nuestro país durante la dictadura militar", señalaba el proyecto de ley que contaba también con la firma de los diputados José María Díaz Bancalari, Alicia Castro y Jorge Rivas, entre otros. 

LOS DISCURSOS. "Hoy es el día de la reconquista, un día especial para la mayor parte del pueblo argentino. Creo que también es un día especial para las miles de personas que están en la Plaza (de los Dos Congresos), a metros de acá, esperando desde hace horas lo que yo también espero que seamos capaces de resolver: la nulidad absoluta e insanable de las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida." De esta manera, arrancaba Walsh su intervención en el recinto durante la sesión del 12 de agosto. 

El debate en la Cámara Baja lo cerró otro de los firmantes del proyecto, el peronista José María Díaz Bancalari. "El tiempo, que es el juez implacable de los hombres, determinará si este proyecto y sus consecuencias fueron nada más que un intento para alcanzar la verdad y la justicia o si representaron el inicio del camino para su logro", sostuvo el entonces jefe del bloque oficialista, y manifestó: "Venimos con una historia cargada de cicatrices, no lo voy a negar; pero voy a repetir una frase del presidente Kirchner: venimos con memoria pero sin rencores."

Una semana después sería refrendado en el Senado. Allí, la última oradora en la madrugada del 21 de agosto fue la entonces senadora y ahora presidenta Cristina Fernández: "Quisiera decir que hoy estamos haciendo un acto de reparación y reconstrucción institucional y moral de la Argentina. Cuando digo institucional me refiero a que no puede ser que los ciudadanos argentinos sigan viendo a sus instituciones como las que atentan contra los más elementales principios de convivencia y pacto social que nos debe animar a todos. Es moral porque no es cierto que el futuro se pueda construir barriendo la suciedad y poniéndola debajo de la alfombra. Esto no es cierto", argumentó. También se refirió a la lucha de las organizaciones de Derechos Humanos, que "llevaron su reclamo en paz durante muchísimos años". "Siempre me pregunto qué hubiera hecho yo si uno de mis hijos hubiera desaparecido. Por eso, quiero felicitar a las organizaciones de Derechos Humanos por el ejemplo de tolerancia y de civismo que nos han dado a todos los argentinos", agregó.

LOS QUE LA RECHAZARON. La mayor sorpresa la dio Luis Zamora, quien desde hacía años impulsaba la nulidad de esas leyes. "Es una búsqueda superficial, rápida, presionada por la población, por los reclamos internacionales, por seguir despertando ilusiones que luego no se van a cumplir. Si a esto le agregamos el poco compromiso de algunos miembros del Poder Ejecutivo y del Congreso con la pelea concreta y práctica de la lucha por la justicia uno llega a la conclusión de que estamos ante una nueva maniobra", manifestó.

El resto de la oposición a la ley estuvo dada en sectores del radicalismo, que se abstuvo de la votación por considerar que el Congreso no tenía la facultad de anular una ley, y sectores identificados directamente con los militares, como el diputado Ricardo Bussi, hijo de Antonio Bussi, quien estuvo al frente del Operativo Independencia y luego se recicló como gobernador tucumano. 

"Una vez más, los argentinos estamos divididos, dado que se aborda la cuestión desde posiciones militantes: unos desde la derecha y otros desde la izquierda. Lo cierto es que esto aparece como un verdadero combate para adueñarse de la historia y de la moral de los argentinos", comenzó el tucumano al exponer su negativa, y consideró la nulidad de las leyes como "artilugios" de Kirchner para "meter presos a los militares". Su discurso virulento generó el rechazo de casi todos los diputados y de organismos de Derechos Humanos, presentes en las plateas.

CONFIRMACIÓN. Apenas se reglamentó la ley, la justicia comenzó a reabrir las causas por delitos de lesa humanidad. En poco menos de dos años, la Corte Suprema de Justicia confirmó la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y la validez de la anulación votada en el Congreso. La decisión de los ministros de la Corte fue mayoritaria y el único voto disidente fue el de Carlos Fayt, quien, al igual que el radicalismo, indicó que la facultad de declarar la validez de una norma es del Poder Judicial. «

Cronología

 El 24 de diciembre de 1986, el Congreso sancionó la Ley 23.492 (Punto Final), que extinguió la acción penal a los delitos cometidos en la dictadura. 

 Tras los levantamientos carapintadas, el 8 de junio de 1987, se sancionó la Ley de Obediencia Debida (23.521): estableció que los acusados habían "obrado en estado de coerción bajo subordinación a la autoridad superior". 

 El 6 de marzo de 2001 el juez Gabriel Cavallo declaró la inconstitucionalidad de ambas leyes en la causa seguida en el caso Poblete. El fallo fue confirmado por la Cámara Federal.
 El 12 de agosto de 2003 la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de ley para declarar la nulidad de las leyes. El 21 de agosto de 2003 el Senado sancionó la Ley 25.779.

 En septiembre de 2003 la ley fue reglamentada. La Cámara Federal porteña reabrió las investigaciones por delitos de lesa humanidad en la ex ESMA y el 1º Cuerpo de Ejército. Igual decisión tomó la Cámara platense.

 El 14 de junio de 2005, la Corte Suprema declaró inconstitucional la Obediencia Debida y Punto Final. También declaró la validez de la Ley 25.779.

La clave
Impunidad

La Obediencia Debida se sancionó en diciembre de 1986. El Punto Final, en junio de 1987.

Discursos al calor de un debate histórico

En las sesiones del 12 de agosto, en Diputados, y del 20 y 21 de ese mes, en el Senado, varios legisladores aún en funciones participaron de los acalorados debates, que mostraban la necesidad de terminar con 20 años de impunidad. En la Cámara Baja, el primero en tomar la palabra fue el ahora gobernador salteño Juan Manuel Urtubey, que subrayó la decisión política del gobierno nacional de apoyar el proyecto, y aseguró: "Tenemos una obligación ética irrenunciable: remover los obstáculos que hacen que en la Argentina no se pueda perseguir a aquellos que cometieron delitos de lesa humanidad". En ese momento Elisa Carrió era la titular del bloque del ARI. La ahora candidata a renovar su banca destacó el carácter "histórico" de la votación y señaló: "Mientras no haya verdad, justicia y condena no habrá paz; así se construye la paz." También agradeció "profundamente" a Néstor Kirchner "por haber tenido la energía y la decisión de poner las cosas en su lugar". Años después, Carrió cambiaría diametralmente su discurso y llegó a declarar que Abuelas de Plaza de Mayo debía "pedir perdón" por reclamar el examen genético a los hijos adoptivos de la dueña de Clarín, Ernestina Herrera de Noble. 

En el debate también estuvo Margarita Stolbizer, candidata a diputada nacional, quien sostuvo: "La democracia es incompatible con la impunidad."

En la Cámara Alta, además de la presidenta Cristina Fernández –última oradora– participaron del debate el presidente del bloque oficialista, Miguel Ángel Pichetto, la ahora diputada Diana Conti, y los actuales gobernadores José Luis Gioja (San Juan) y Jorge Capitanich (Chaco). Todos votaron por la nulidad. También participaron los radicales Gerardo Morales y Rodolfo Terragno, quienes votaron en disidencia con el bloque de la UCR y apoyaron la anulación. 

Morales –ahora reconocido amigo del presidente del Ingenio Ledesma, Carlos Blaquier, procesado por delitos de lesa humanidad– recordó en aquel momento el apagón de Calilegua y destacó: "Hay que hacer lo que se debe hacer: rendir cuentas y pagar la deuda social existente, fundamentalmente respecto de la verdad y de la justicia." 

Conti, por su parte, resaltó el rol de Kirchner para impulsar el proyecto y destacó el apoyo popular en las calles.

La decisión política de kirchner

» Felipe Yapur

En agosto de 2003, los bloques de diputados y senadores eran un verdadero aquelarre donde convivían menemistas, duhaldistas, delasotistas y una pequeñísima representación del todavía incipiente kirchnerismo. En ese complicado escenario el iniciado gobierno de Néstor Kirchner llevó adelante una jugada de alto riesgo político: anular las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, escollos principales para poder avanzar con la búsqueda de justicia para los delitos de lesa humanidad que, hasta ese momento, permanecían impunes. Kirchner lo consiguió imponiendo su decisión política que transformó a la Argentina en un país con justicia.

Esas normas no sólo negaban justicia para las víctimas, sus familiares y a la sociedad, sino que también fueron un claro ejemplo de los valores neoliberales que impregnaban la política de entonces. Por caso, la Ley de Obediencia Debida castigaba la apropiación extorsiva de inmuebles, pero no las vejaciones, torturas, violaciones o desapariciones. Un capitalismo extremo que hasta en estos delitos protegía la propiedad privada. Esto otorga un plus de importancia a estas nulidades que ahora cumple diez años.

El paradigma neoliberal trasuntaba las bancas de legisladores de aquel bloque del PJ. Sus representantes se llenaron la boca de argumentos jurídicos para evitar la anulación de las leyes de impunidad que, vale aclararlo, venía promoviendo casi en soledad la entonces diputada Patricia Walsh. La decisión política de Kirchner torció esos indignos pretextos. El tiempo demostró la nulidad de la acusación que pesaba sobre el kirchnerismo: que pretendía apropiarse de la lucha por los Derechos Humanos.

La UCR de aquel entonces no parece haber cambiado. Salvo honrosas excepciones en el Senado, la mayoría de los legisladores radicales se abstuvieron de votar insistiendo con aquella ignominia que siguen pagando.


Fuente: Tiempo Argentino

domingo, 11 de agosto de 2013

CORTE SUPREMA: LOS JUICIOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD EN PELIGRO

El máximo tribunal tiene casi listo un fallo que podría hacer caer a los titulares de varias fiscalías a cargo de juicios de lesa humanidad y de procuradurías encargadas de lavado de dinero y violencia institucional. Se inscribe en el marco de la disputa con Gils Carbó.

Por Irina Hauser

La Corte Suprema tiene casi listo un fallo que pondría en tela de juicio el sistema que utiliza la Procuración General de la Nación para nombrar fiscales subrogantes en puestos que se encuentran vacantes. A simple vista podrá parecer una decisión meramente técnica y para entendidos. Pero en el contexto actual, y a pesar de que se trata de una metodología aplicada desde hace años, tendría impacto político porque hoy representa un cuestionamiento a la gestión de la procuradora Alejandra Gils Carbó, quien además fue denunciada penalmente por dirigentes de la oposición por esas designaciones. También traería consecuencias prácticas, porque podría hacer caer los nombramientos de quienes están al frente de al menos el ocho por ciento de las fiscalías (40 de 435), varias de ellas a cargo de juicios de lesa humanidad, y de los titulares de dos procuradurías clave: las que se ocupan de lavado de dinero (Procelac) y de violencia institucional (Procuvin).

Lo que está en discusión es la legalidad de que actúen como fiscales quienes no tienen ese rango otorgado con acuerdo del Senado, sino que son funcionarios (por lo general secretarios/as) a los que se designan en forma interina hasta que se cubra la vacante con un concurso, como paliativo para que el sistema siga funcionando. La Corte podría firmar el fallo en su próximo acuerdo, que será el miércoles. Todo indica que no le dará un efecto retroactivo, porque eso obligaría a declarar nulas cientos de disposiciones firmadas por fiscales subrogantes –lo que generaría un descalabro judicial– y además evitará poner en riesgo los juicios por crímenes de lesa humanidad que muchos de ellos llevan adelante. Lo más probable es que establezca parámetros y/o algún plazo para “regularizar” la situación con fiscales concursados.

La decisión suprema podría impactar sobre otra “categoría” de fiscales, los llamados ad hoc, que suelen ser secretarios/as que son designados para cumplir funciones de apoyo a fiscalías en juicios puntuales y a quienes se les delega la posibilidad de tomar decisiones. Con ellos se arman equipos de trabajo, en especial en procesos judiciales de gran envergadura. Estos nombramientos son habituales en los juicios de lesa humanidad –por ejemplo actualmente actúan en juicios en Tucumán y Jujuy– y otros que tienen trascendencia social: actuaron en el juicio por el asesinato de Mariano Ferreyra; en la causa sobre narcotráfico contra el ex jefe de policía de Santa Fe, Hugo Tognoli; y en la investigación por lavado de dinero del Grupo Alé derivada de la causa sobre el secuestro de Marita Verón, entre otros ejemplos.

Este tipo de nombramientos de subrogantes y ad hoc tiene una larga historia, no es un invento de la gestión actual de la Procuración, según señalan en el organismo. Ya en el Juicio a las Juntas, en 1984, Luis Moreno Ocampo fue designado como adjunto; también hubo un fiscal ad hoc, Martín Niklison, en el juicio por el levantamiento carapintada. Incluso el Estado argentino se apoyó en la posibilidad de este tipo de nombramientos ante el sistema interamericano de derechos humanos como forma de garantizar el avance de las investigaciones sobre el destino de los desaparecidos durante el terrorismo de Estado y la responsabilidad de los represores. Ese compromiso quedó documentado en el acuerdo de solución amistosa impulsado por la madre de Plaza de Mayo Carmen Aguiar de Lapacó en 1999 y ante una petición, en 2009, de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto.

A pesar de estos antecedentes, y de que incluso en las gestiones de los ex procuradores Nicolás Becerra y Esteban Righi operó el mismo sistema de designación, las denuncias sobre el tema empezaron a llover después de la designación de Gils Carbó, quien viene promoviendo algunas modificaciones estructurales en el mapa de fiscalías, que han restado poder a algunos viejos fiscales (muchos de la época menemista, cuando no había concursos) y generado espacios de acción a favor de otros. La discusión se recalentó a partir de la intervención del titular de la procuraduría antilavado, Carlos Gonella, en la causa donde se investiga si Federico Elaskar y Leonardo Fariña sacaron del país 55 millones de euros supuestamente vinculados al empresario Lázaro Báez. Gonella recién obtuvo acuerdo del Senado como fiscal hace dos semanas. Varios dirigentes de la oposición, entre ellos el radical Mario Cimadevilla y Elisa Carrió, sembraron la sospecha de que su actuación sólo buscaba limpiar a Báez y focalizar la imputación en Elaskar y Fariña.

Del planteo se hizo eco el fiscal titular del caso, Guillermo Marijuán, e impulsó una causa penal a partir de las denuncias. Hay causas penales contra Gils Carbó y contra 39 integrantes del ministerio público que cumplen funciones de fiscales. Una de ellas, impulsada por el fiscal Gerardo di Masi, también le apunta al juez Sebastián Casanello, quien había desestimado una de las denuncias.

En el medio de esta discusión, la Corte Suprema recibió un planteo de nulidad de un dictamen que estaba firmado por la procuradora fiscal subrogante, Alejandra Cordone Rosello. Ella actuaba en reemplazo de la titular del área de Derecho Privado de la Procuración que había renunciado porque era la que le seguía en la línea jerárquica. El reclamo fue promovido por Antonio Conrado Martino, titular de Automóviles Saavedra, en una causa del fuero comercial en la que el dictamen fiscal evidentemente lo dejaba disconforme. Esta es la causa en la que la Corte Suprema basará su pronunciamiento, al parecer bastante próximo, sobre la validez de los nombramientos de subrogantes.

El problema de las vacantes no es patrimonio exclusivo de las fiscalías ni mucho menos. Para la Corte es historia conocida, ya que desde hace muchos años existe un promedio que oscila entre el 20 y el 30 por ciento de juzgados acéfalos debido a deficiencias, demoras y manipulaciones (políticas y corporativas) en el sistema de concursos y a dilaciones del Poder Ejecutivo en elegir candidatos de las ternas que promueve el Consejo de la Magistratura. En el Ministerio Público Fiscal hay cerca de 25 por ciento de vacantes. En uno u otro ámbito (la Procuración o el Poder Judicial) queda un margen para dudar de la razón por la que subsisten tantos puestos vacíos. Una posibilidad es pensar que fallan los sistemas de nombramiento, pero otra para nada descabellada (incluso complementaria) es que el hecho de que haya cargos disponibles facilita que los ocupen de manera transitoria funcionarios afines a quienes tienen el poder de designarlos.

La Corte posiblemente inspire su criterio para las fiscalías en el que usó para los juzgados, cuando advirtió que la actuación de secretarios en el papel de jueces dejó de ser la excepción para convertirse en la regla. En 2007 el tribunal dictó un fallo en un caso conocido como “Rosza” donde estableció que se estaba violando la garantía del juez natural y que tampoco había garantías de un servicio de Justicia independiente. Sostuvo que era inconstitucional el sistema establecido por el Consejo que permitía nombrar subrogantes secretarios o abogados (sin acuerdo del Senado) y fijó un año para normalizar la situación. Una ley posterior delegó los nombramientos en las cámaras. En aquel caso no se anularon las decisiones que hasta entonces habían sido tomadas por los jueces suplentes. A pesar del paso del tiempo, no se revirtió el escenario, a punto tal que ante pedidos puntuales la Corte aceptó convalidar la actuación transitoria de secretarios al frente de juzgados. Lo hizo en resoluciones concretas, como la que firmó en 2011 ante un pedido de la Cámara del Crimen para que cinco secretarios quedaran a cargo de juzgados. Pero son por lo menos 13 los que siguen esa situación.

En la Procuración explican que hay diferencia en las reglas que se aplican para el nombramiento de jueces y fiscales. El Ministerio Público Fiscal tiene autonomía y cuenta con una ley que regula su funcionamiento y que le da al titular de la procuración la facultad de nombrar subrogantes o formar equipos de coadyuvantes o ad hoc. El artículo 11 de la ley dice que en caso de recusación, excusación, impedimento, ausencia, licencia o vacancia de fiscales, tendrán que sustituirlos otros fiscales hasta que se concurse el cargo, pero prevé que si eso no es posible podrán subrogar otros agentes del Ministerio Público o abogados ajenos a esa estructura.

Si el fallo de la Corte invalida designaciones vigentes, podrían quedar afectados los nombramientos de: Abel Córdoba, titular de la Procuraduría de violencia institucional, y Gonella, de lavado. En el primer caso, la Procuvin, se debilitaría el trabajo que en los últimos meses puso a la vista las condiciones inhumanas de detención, torturas incluidas, en diversos penales de todo el país, y existiría el riesgo de que se desconozcan sus procedimientos, ya que es una dependencia facultada, por ejemplo, para allanar. También el nombramiento de Cordone como fiscal ante la Corte quedaría en entredicho.

Según los alcances de la sentencia, podrían caer 40 nombramientos en fiscalías. Esto afectaría por lo menos a cinco juicios de lesa humanidad en curso en Tucumán, Catamarca, Formosa, Salta y Córdoba. Algunas jurisdicciones, como Mar del Plata, quedarían casi sin fiscales: hay subrogantes en Dolores, Azul, Tandil, Necochea, y en la propia Mar del Plata en fiscalías de juicio y cámara. Solo Daniel Adler es titular allí. A todo esto, hay que sumar el impacto político de la decisión de cuestionar a Gils Carbó, lo que podría ser utilizado ante la Justicia federal para perseguir penalmente a quien es, además, una referente del movimiento crítico Justicia Legítima. 

Fuente: Pagina12.

jueves, 8 de agosto de 2013

DERECHOS HUMANOS: Un cambio de doctrina en la Corte

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos había ordenado indemnizar a Gustavo Carranza Latrubesse, un ex juez de Chubut cesanteado durante la dictadura. Al aceptar esa decisión, la Corte modificó sus propios precedentes, establecidos en los ’90.


Por Irina Hauser

La Corte Suprema invirtió su propia doctrina y estableció que las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) son vinculantes y de acatamiento obligatorio para el Estado argentino. Lo hizo al darle la razón a un ex juez de Chubut cesanteado durante la última dictadura, Gustavo Carranza Latrubesse, a quien el organismo internacional había ordenado reconocer una indemnización al considerar violados sus “derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial”. Los tribunales argentinos, originalmente, le habían negado la posibilidad de reclamar al catalogar su demanda como una cuestión “política no justiciable”.

Carranza Latrubesse, hoy de 71 años, había sido nombrado juez en lo Civil y Comercial en la provincia de Chubut en 1971. Fue removido por decreto meses después del golpe de Estado, el 17 de junio de 1976, como ocurrió con muchos de sus colegas en todo el país. “Yo era un desobediente”, ironiza el ex juez en diálogo con Página/12, y luego cuenta que nunca se fue de Comodoro Rivadavia, donde tras sortear las dificultades “de alguien que fue echado y se puso a representar los intereses de la gente”, finalmente logró desarrollar su actividad como abogado. Con el regreso de la democracia, en 1984 decidió iniciar una demanda en la que pedía la nulidad de su expulsión del Poder Judicial, aunque no reclamaba que lo repusieran en el cargo, pero sí que le reconocieran una reparación basada en los salarios que no cobró por haber sido privado de su cargo, y en los daños y perjuicios materiales y morales que sufrió.

Su caso entró en el clásico agujero negro de los tribunales y, además, terminó cruzando las fronteras. Doce años después de su presentación judicial, en 1996, el superior tribunal de Chubut sentenció que no era una cuestión que la Justicia pudiera resolver, decisión que fue avalada por la Corte Suprema. Fue entonces que recurrió a la CIDH, que le dio la razón al advertir que el sistema judicial había cerrado las puertas a cualquier análisis de su caso. A modo de recomendación, dijo que el Estado argentino debía indemnizarlo “adecuadamente” por haberle negado, en esencia, el derecho a un proceso judicial. Cuando recurrió otra vez a la Corte para que se aplicaran los señalamientos de la comisión, los jueces supremos dijeron que el tema era ajeno a su competencia. En su provincia, la Cámara Federal decidió establecer un monto para la indemnización, que fijó en 400 mil pesos, y que él consideró arbitrario u “ocurrente”.

Cuando volvió a recurrir al máximo tribunal, planteó la necesidad del pleno acatamiento de lo señalado por la CIDH y la revisión del cálculo de la indemnización. La Corte firmó el martes un fallo que dispone que el Estado argentino debe acatar lo que dijo la comisión y confirma que Carranza Latrubesse debe ser indemnizado, aunque rechaza los términos en que él reclamaba que se estimara esa reparación. La decisión suprema es novedosa porque modifica sus propios precedentes (establecidos de los años ’90), que negaban el acatamiento obligatorio de las recomendaciones de la comisión por parte de los tribunales nacionales. El dictamen original del ex procurador Esteban Righi inclusive sostenía esa teoría. La sentencia fue reñida, con una mayoría de cuatro votos (Raúl Zaffaroni, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Enrique Petracchi) y algunas discrepancias inclusive entre ellos. El resto votó en disidencia.

“Esta decisión abre una esperanza para quienes litigan internacionalmente por la defensa de los derechos humanos”, señaló Carranza Latrubesse a este diario y rescató también que el fallo pone en tela de juicio la “doctrina de los actos políticos no justiciables”. No quedó tan conforme, en cambio, con los términos en que se confirmó la indemnización.

El voto de la mayoría dice que si la Convención Americana obliga a los Estados parte “a respetar y hacer respetar los derechos que ella enuncia, en el marco supranacional no tiende a desaprobar toda violación a estos derechos cometida en el orden interno (...) Lo que es objeto de sanción en el campo supranacional son las violaciones que el Estado ha cometido o dejado cometer, y que, además, no ha reparado o podido reparar por medio de su propio ordenamiento jurídico interno”. A la vez, sostiene, “toda violación de una obligación internacional que haya producido daño comporta el deber de repararlo adecuadamente”.

Un amicus curiae que había presentado el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) ante la Corte planteaba el mismo concepto: si el sistema de protección internacional de derechos humanos no se cumple, no tiene ningún sentido. Diego Morales, abogado del CELS, evaluó que el fallo tiene varias aristas positivas, “empezando porque le da hasta valor de ley a las decisiones de la CIDH”. “Pero, además –señaló– se diferencia del criterio de otras cortes de la región, como la uruguaya y la de Guatemala; acompaña a los poderes Ejecutivo y Legislativo, que basó muchas decisiones en las disposiciones de la comisión, como la reforma del Código de Justicia Militar, la ley de migraciones o el sistema de seguridad previsional; promueve a nivel regional el sistema interamericano; y les da un valor especial a las fuentes que la propia Corte utiliza, como ocurrió cuando se apoyó en un informe de la CIDH al declarar la inconstitucionalidad de las leyes de punto final y obediencia debida”.

Fuente: Pagina12

Ver: Fallo de la Corte en causa “Carranza Latrubesse, Gustavo c/ Estado Nacional” en http://www.cij.gov.ar/nota-11959-Fallo-de-la-Corte-en-causa--Carranza-Latrubesse--Gustavo--c--Estado-Nacional-.html

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